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Ley N° 18.795 Vivienda Promovida


Desde su génesis, la Ley de Vivienda Promovida busca el fomento de la inversión privada

en inmuebles de todo el país, para un mejor desarrollo de todas las zonas y barrios.

En abril de 2020, el gobierno uruguayo realizó ciertas modificaciones para estimular aún

más la construcción, venta y alquiler de los inmuebles regidos por la Ley de Vivienda

Promovida.


Beneficios:


1. Exoneración del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) a la primera

venta, tanto para el vende como para el que compra, el cual equivale a un 2% del

Valor Real de Catastro.

2. Exoneración por el plazo de 10 años del IRPF (12%) o IRAE según el caso, por la

renta generada con el arrendamiento de la unidad.

3. Exoneración del Impuesto al Patrimonio por un plazo de 10 años.

4. Financiación bancaria de la unidad de hasta el 85%.


Nuevas modificaciones a la ley:


1. Eliminación de topes de precios de venta en todo el país.

2. Modificaciones en los alquileres en cuanto a que se exonera de impuestos para las

zonas 1 y 3 de Montevideo y todo el interior del país. En la zona 2, con garantía FGA

también se exonera el 100 %, o en su defecto con otras garantías el 60%.

3. Para los desarrolladores inmobiliarios, las nuevas modificaciones a la ley les permite

construir emprendimientos de monoambiente, 1, 2 y 3 dormitorios (antes el 50% de

las unidades debían ser de 2 dormitorios).

Juntos encontramos el lugar ideal

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